Detalles del procedimiento de admision para estudiantes internacionales

Ingresando a Los Estados Unidos

Los estudiantes y sus conyugues/dependientes pueden ingresar a los Estados Unidos hasta 30 días antes de la fecha de inicio oficial del programa registrada en SEVIS, así como se muestra en el Formulario I-20. Los representantes del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), Aduanas y Vigilancia Fronteriza de Estados Unidos (CBP) en el puerto de entrada tienen autoridad para permitir o negar el ingreso a los Estados Unidos. Una vez permitido el ingreso a los Estados Unidos, el representante del CBP otorgara un sello de entrada en la tarjeta I-94, y actualizara el registro de entrada/salida en la tarjeta I-94 del viajero, el cual puede ser obtenido en https://i94.cbp.dhs.gov/I94/#/home

Manteniendo el estado de la visa (M)

Los estudiantes deben inmediatamente contactar al representante de la escuela designada (DSO) en South Florida Institute of Technology cuando ingresan a los Estados Unidos. El estudiante debe reportarse al instituto al inicio del programa como aparece en el Formulario I-20. Una vez que el instituto comienza las clases, los estudiantes deben seguir reglas específicas para permanecer legalmente en los Estados Unidos. Usted puede visitar la página “Manteniendo el estatus” para mayor información de cómo debidamente cumplir. https://studyinthestates.dhs.gov/maintaining-status

Cambio de estatus

Si mientras esta en los Estados Unidos, una persona desea obtener un estado de visa de estudiante (M) puede enviar su solicitud y requerir que el Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS) cambie su estatus de no inmigrante a otra categoría de no inmigrante (por ejemplo: de una visa de turista a visa de estudiante (M)). La persona dentro de los Estados Unidos deberá ya sea salir de los Estados Unidos y reingresar siguiendo los pasos del 1 al 5 bajo la sección “Ingreso de estudiantes internacionales” en esta póliza o cambiar su estado legalmente siguiendo el proceso a continuación:

  1. Enviar su solicitud a South Florida Institute of Technology (SFIT)
  2. 2Ser aceptado por SFIT y recibir un Certificado de Elegibilidad (COE) por SFIT, también conocido por Formulario I-20
  3. Pagar el derecho I-901 de SEVIS (a favor de: Derecho de tramitación de estudiante/visitante por intercambio I-901)
  4. Registrar el Formulario I-539 (Solicitud para Extender/Cambiar el estado de no inmigrante) y mostrar pruebas con el Servicio de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS). Para descargar el Formulario I-539 favor visitar https://www.uscis.gov/i-539
  5. 5. Dependiendo de la información existente en la tarjeta I-94 del solicitante, se le puede requerir que envíe un Formulario adicional I-539 para extender el estatus de la visa actual del solicitante. Para mayor información, favor visitar https://www.uscis.gov/working-united-states/students-and-exchange-visit….

Tranfiriendose a otra escuela como estudiante M-1

Un estudiante con visa M-1 puede solamente transferirse de programas dentro de los primeros seis meses de su llegada a los Estados Unidos. La única excepción a esto es si Usted no puede permanecer en la escuela debido a circunstancias ajenas, tales como si la escuela cierra.

Un estudiante M-1 puede transferirse bajo las siguientes condiciones:

  • Dentro de los primeros seis meses de su llegada a los Estados Unidos o, si Usted cambia su estado a M-1 de otra clasificación de no inmigrante, dentro de los seis meses del cambio
  • Si su documentación confirma que Usted es un estudiante M-1
  • Si Usted permanece registrado en un programa completo de estudios en su actual escuela
  • Si Usted planea obtener un programa completo de estudios en su nueva escuela.
  • Si para Usted es financieramente posible asistir a la nueva escuela
  • Si Usted está continuando con el mismo objetivo educativo

El proceso de transferencia de un estudiante con visa M-1 es el siguiente:

  • Enviar solicitar y ser aceptado a otro programa de Estudiante e Intercambio de Visitantes en una escuela certificada que acepte estudiantes con visa M con el mismo objetivo educativo.
  • Explicar al representante designado de su escuela actual (DSO) sus planes de transferirse, y proveer el nombre de la escuela a transferirse y prueba de aceptación por parte de ellos. El DSO en su actual escuela deberá cambiar su registro en el Sistema de Información de estudiantes y visitantes de intercambio (SEVIS) al estatus de “transferido a”.
  • Después de este cambio, el DSO a la escuela donde Usted se transfiere podrá generar e imprimir una nuevo Formulario I-20, “Certificado de Elegibilidad para Estudiante no Inmigrante con estatus (M-1)” Si el registro de SEVIS en la escuela actual está bajo el estatus de Terminado, el DSO en la escuela a transferirse necesitara recomendarlo para reinstalarlo en la Forma I-20.
  • Enviar solicitud para aprobación de transferencia con el Formulario I-539, “Solicitud para extender/Cambiar estatus de no inmigrante” y su nuevo Formulario I-20 (firmado tanto por el DSO de su escuela a transferirse y Usted) al Servicio de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS)
  • Si USCIS aprueba su solicitud de transferencia, ellos certificaran el nombre de la nueva escuela en su Formulario I-20 y se la retornaran.

Para ser elegible a la transferencia, Usted debe continuar asistiendo a todas sus clases en su actual escuela mientras está esperando transferirse. Para un estudiante con visa M-1, eso es hasta que Usted ha enviado su Formulario I-539 la solicitud de aprobación para transferencia. Mientras el Formulario I-539 está pendiente, los estudiantes con visa M-1 deberán registrarse en la escuela a transferirse en la fecha de comienzo del programa indicado en el Formulario de transferencia I-20. Es importante mantener su estado mientras espera los otorgamientos de USCIS.

Nota: Un estudiante con visa M-1 puede transferirse a otra escuela después de seis meses desde la fecha en que el estudiante es aceptado por primera vez, o si cambia la clasificación de no inmigrante a un estudiante M-1 SOLAMENTE si el estudiante no puede permanecer en la escuela a la cual el estudiante fue inicialmente aceptado debido a circunstancias más allá del control del estudiante.

Extensiones de estadia M-1

Los estudiantes con visa M-1 son solamente aceptados en los Estados Unidos por el periodo de tiempo que es necesario para completar su programa de estudios como está indicado en el Formulario I-20, “Certificado de Elegibilidad para Estatus de estudiante no inmigrante” más cualquier otro entrenamiento practico (PT) después que ellos completaron su programa. Este tiempo no puede sobrepasar un año.

De cualquier forma, si un estudiante con visa M-1 necesita más de un año para finalizar su programa o algún relevante PT, ese estudiante puede trabajar con el representante designado de la escuela (DSO) para solicitar una extensión de la estadía. Por favor mantenga en cuenta las siguientes reglas aplican para extensiones de estadía de estudiantes M-1:

  • Los estudiantes con visa M-1 pueden solicitar extensiones solo de un año máximo cada vez
  • El expediente de un estudiante con visa M-1 es elegible para una extensión solamente dentro de un periodo de tiempo muy específico.
  • El tiempo acumulado de extensiones que pueden ser otorgados a un estudiante M-1 está limitado a un periodo de tres años desde la fecha original de comienzo del estudiante con visa M-1 más 30 días.
  • Este límite máximo de tres años incluye extensiones otorgadas debido a trasferencias de escuela o readmisión por estatus legal.
  • Retrasos causados por probatoria académica o suspensión no son causas aceptadas para extender el programa.

Solicitando una extensión

Si un estudiante M-1 desea solicitar una extensión de estadía, ellos deben hablar con el DSO tan pronto como sea posible. Antes de que el estudiante con visa M-1 presente su solicitud para una extensión con los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS)), su DSO deberá solicitar una extensión de estadía en el sistema de información de estudiante e Intercambio de Visitantes (SEVIS).

Para solicitar una extensión de estadía de su DSO, un estudiante con visa M-1 deberá proveer prueba de respaldo financiero para la totalidad de la extensión propuesta. Si el DSO confirma que el estudiante con visa M-1 tiene una justificación educativa o médica para solicitar una extensión y los recursos financieros permanecen en los Estados Unidos, el DSO ingresara la solicitud para una extensión M-1 de estadía en el registro del estudiante en SEVIS.

Después de haberse otorgado la petición, el DSO imprimirá y firmara un nuevo Formulario I-20 para el estudiante. El estudiante deberá usar este formulario actualizado para enviar la solicitud para una extensión de estadía con USCIS.

Enviando solicitud para una Extensión de programa

Después de recibir un Formulario I-20 actualizado y firmado del DSO, el estudiante con visa M-1 deberá llenar un paquete completo de solicitud para extender su estado de no inmigrante con USCIS.

USCIS negara cualquier extensión de solicitud M-1 recibida más de 60 días antes y/o menor de 15 días antes de la fecha de término del actual programa.

Un paquete completo de solicitud incluye:

  • Un Formulario I-539, “Solicitud para Extender/Cambiar el estatus de no inmigrante.” completado de forma correcta
  • Su formulario I-20 actualizado, señalando la extensión de la solicitud de estadía en SEVIS.
  • Derecho aplicable.
  • Documentación de respaldo.

Mientras USCIS procesa su petición, el estudiante con visa M-1 deberá mantener su estatus y permanecer matriculado en su programa de estudios o activo en el entrenamiento practico. Después de la aprobación de USCIS, SEVIS debiera actualizar automáticamente el registro del estudiante con visa M-1. Una vez el registro de SEVIS se actualiza, el DSO imprime y firma un Formulario I-20 actualizado y se la entrega al estudiante con visa M-1. El estudiante también recibirá una tarjeta I-94 actualizada, “Registro de Ingreso/Salida,” (con una nueva fecha de salida registrada) adjunta al final del Formulario I-797, “Aviso de Aprobación de extensión.”

Entrenamiento Laboral Practico

Un estudiante con visa M-1 NO podrá aceptar empleo. Aunque un empleo temporal para entrenamiento práctico puede ser autorizado solo después de la culminación del programa de estudios.

Un estudiante con visa M-1 deberá solicitar un permiso para aceptar empleo para entrenamiento práctico con el Formulario I-765, junto con el derecho, acompañada con el Formulario I-20 que ha sido certificado para entrenamiento practico por el representante designado de la escuela. Por favor visitar: https://www.uscis.gov/i-765. La solicitud deberá ser enviada antes de la fecha del final del programa mencionada en el Formulario I-20 del estudiante pero no más de 90 días antes de la fecha de término del programa. Para mayor información en el entrenamiento practico de la visa M-1 visitar: https://studyinthestates.dhs.gov/sevis-help-hub/student-records/fm-stud…

Duración del entrenamiento practico

Cuando el estudiante está autorizado a participar en un empleo por entrenamiento practico, a él o a ella se le emitirá un documento de permiso de trabajo. El estudiante con visa M-1 no puede empezar a trabajar hasta que a él o a ella se le haya emitido un permiso de trabajo de parte de USCIS. Un mes de autorización de empleo se le otorgara por cada 4 meses de estudio a tiempo completo que el estudiante M-1 haya completado. De cualquier forma, un estudiante con visa M-1 no se le otorgara permiso de trabajo si él o ella no puede completar el entrenamiento práctico requerido dentro de seis meses.

Periodo de estadia

Un estudiante con estado de no inmigrante (M) es aceptado por un periodo de tiempo fijo, el cual es el periodo necesario para completar el programa de estudios indicado en el Formulario I-20, más el entrenamiento practico siguiendo la culminación del programa de estudio, más un adicional de 30 días para salir de los Estados Unidos, pero que no exceda un periodo total de un año. Un estudiante con visa M-1 quien fallo en mantener un programa completo de estudios o que de otra forma fallo en mantener su estado no es elegible para el periodo de 30 días adicionales de estadía.